03/05/2024

La DPEC definió los valores del primer tramo de aumentos del Cuadro Tarifario 2024

 La Dirección Provincial de Energía de Corrientes estableció los nuevos valores para la primera de las dos etapas en que se dividió la aplicación del Cuadro Tarifario 2024 aprobado por Audiencia Pública. Los nuevos valores, con marcados incrementos, regirán de manera inmediata tras haber sido publicados en el Boletín Oficial.



 A principios de abril, el Poder Ejecutivo de Corrientes había avalado una resolución del Ente Provincial Regulador Eléctrico en la que daba por concluido y aprobado el proceso de Audiencia Pública realizada en febrero y habilitaba la implementación del Cuadro Tarifario 2024 de la DPEC.

 
Allí, tanto el Poder Ejecutivo como el EPRE propusieron a la DPEC la aplicación "gradual y progresiva" de las nuevas tarifas.
 
En ese sentido, ahora se emitió la Resolución N°437/24 de la Intervención de la DPEC, con fecha 17 de abril, que establece los valores para la primera de las dos etapas de aumentos definidas para el cuadro tarifario.
 
Los nuevos valores, con importantes incrementos, de la primera etapa entrarán en vigencia de manera inmediata tras haber sido publicados en el Boletín Oficial de la Provincia.
 
Dichos valores se calcularon sobre la base del Cuadro Tarifario 2024 presentado en Audiencia Pública, y a los cuales se agregaron montos correspondientes a recientes incrementos en el precio mayorista de la energía dispuesto por el Estado Nacional.
 
En la resolución de la DPEC no se precisó la fecha de aplicación del segundo tramo de aumentos para llegar a los valores máximos del cuadro tarifario aprobado en Audiencia Pública para este año.
 
NUEVAS TARIFAS
 
De acuerdo a lo establecido en el Decreto, las pequeñas demandas residenciales de usuarios urbanos (Potencia demandada menor a 10 kW) Nivel 1 de "Ingresos Altos" tendrán una cuota fija por suministro 14.792 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 102,443; y un cargo variable por el excedente de 600 kWh/bimestral de 113,321 pesos.
 
Las pequeñas demandas residenciales de usuarios urbanos Nivel 2 de "Ingresos Bajos" tendrán una cuota fija por suministro 3.538 pesos bimestral (para usuarios con y sin subsidio); un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 102,443 pesos sin subsidio y de 44,882 pesos con subsidio; y un cargo variable por el excedente de 600 kWh/bimestral de 113,321 pesos sin subsidio y de 55,760 pesos con subsidios.
 
Las pequeñas demandas residenciales de usuarios urbanos Nivel 3 de "Ingresos Medios" tendrán una cuota fija por suministro 3.598 pesos bimestral (para usuarios con y sin subsidio); una cuota fija por suministro consumo excedente tope de 14.792 pesos (con y sin subsidio); un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 102,443 pesos sin subsidio y de 45,922 pesos con subsidio; y un cargo variable siguientes kWh/bimestral hasta tope de 113,321 pesos sin subsidio y de 56,800 pesos con subsidios, así como un cargo variable excedente del tope de 113,321 para usuarios con y sin subsidio.
 
El tope de excedente es de 1100 kWh-Bimestral.
 
RURALES
En el caso de las pequeñas demandas residenciales de usuarios rurales Nivel 1 de "Ingresos Altos" tendrán una cuota fija por suministro de 16.801 pesos bimestral para toda clases de usuarios; un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 92,915 pesos; y un cargo variable por el excedente de 600 kWh/bimestral de 101,950 pesos.
 
Las pequeñas demandas residenciales de usuarios rurales Nivel 2 de "Ingresos Bajos" tendrán una cuota fija por suministro de 9.487 pesos bimestral (mismo monto para usuarios con y sin subsidios); un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 92,915 pesos sin subsidio y de 37,606 pesos con subsidio; y un cargo variable por el excedente de 600 kWh/bimestral de 101,950 pesos sin subsidio y 46,640 pesos sin subsidio.
 
Las pequeñas demandas residenciales de usuarios rurales Nivel 3 de "Ingresos Medios" tendrán una cuota fija general por suministro de 9.487 pesos bimestral (para usuarios con y sin subsidio); una cuota fija por suministro consumo excedente tope de 16.801 pesos (para usuarios con y sin subsidio); un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 92,915 pesos sin subsidio y de 38,606 pesos con subsidio; un cargo variable por los siguientes kWh/bimestral hasta tope de 101,950 pesos sin subsidio y 47,640 pesos sin subsidio; y un cargo variable excedente del tope de 101,950 pesos sin subsidio y el mismo valor con subsidio.
 
El tope de excedente para usuarios rurales también es de 1100 kWh-Bimestral.
 
ELECTRODEPENDIENTES
En el caso de la tarifa residencial de Electrodependientes, para usuarios urbanos, se estableció una cuota fija por suministro de 3.390 pesos bimestral; y un cargo variable por todo consumo de 39,442 pesos.
 
Los Electrodependientes que son usuarios rurales tendrán una tarifa residencial con una cuota fija por suministro de 9.387 pesos bimestral; y un cargo variable por todo consumo de 32,328 pesos.
 
OTRAS TARIFAS
 
El cuadro tarifario de DPEC se compone además de otras categorías como "Tarifas Generales" para la categoría "Pequeñas demandas Servicios Generales. Comercial y Oficial con carácter comercial. Urbanos Industrial y Oficial con carácter Industrial"; "Pequeñas demandas Servicios Generales. Autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales. Usuarios Urbanos"; "Pequeñas demandas Servicios Generales. Asociaciones civiles sin fines de lucro. Usuarios urbanos"; "riego agrícola de usuarios urbanos".
 
También se establecen valores para esas categorías pero para el ámbito rural.
 
Asimismo, se fijan valores para "Alumbrado Público", y las categorías "Medianas y Grandes Demandas y Servicios Públicos Sanitarios"; "Tarifas a Otros Distribuidores (Cooperativas)" y "Tarifas de Peaje de Grandes Usuarios del MEM".